Tribunal Supremo guarda silencio ante demanda del CPI sobre acceso a La Fortaleza
El Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó sin explicación un recurso del Centro de Periodismo Investigativo (CPI) que impugnaba la exigencia de la gobernadora Jenniffer González Colón de presentar una credencial oficial del Departamento de Estado para acceder a las conferencias de prensa en La Fortaleza. Solo el juez asociado Ángel Colón Pérez emitió un voto disidente con fundamentos; la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez y el juez asociado Luis Estrella Martínez indicaron que hubiesen atendido el caso.
La decisión, adoptada sin análisis en sus méritos, revierte el entendido fijado hace 28 años en el caso Disidente Universal —que limitaba el valor de esa credencial a un permiso de estacionamiento— y abre la puerta a que el Poder Ejecutivo filtre qué periodistas pueden cubrir la gestión gubernamental desde el Palacio de Santa Catalina.
En 1998, el Tribunal Supremo resolvió en Disidente Universal que la credencial oficial del Departamento de Estado solo otorgaba el beneficio de una tablilla de estacionamiento; dos jueces disintieron entonces advirtiendo que el esquema era un precedente peligroso para la libertad de prensa. El CPI documentó además un patrón de trato diferenciado: periodistas de canales televisivos comerciales han ingresado a La Fortaleza sin la credencial requerida al CPI.
Esta nota ilumina la tensión estructural entre el Poder Ejecutivo y la prensa independiente en Puerto Rico, y la capacidad —o falta de ella— del Poder Judicial para actuar como contrapeso cuando se restringen derechos constitucionales fundamentales.