Tribunal de Apelaciones declara inconstitucional la colegiación obligatoria de enfermería en Puerto Rico
El Tribunal de Apelaciones determinó que la colegiación compulsoria para ejercer la enfermería en Puerto Rico viola el derecho constitucional a la libertad de asociación, declarando inconstitucionales varias disposiciones de la Ley 82 de 1973 que obligaban a los profesionales a afiliarse al Colegio de Profesionales de la Enfermería. La sentencia convierte la membresía en voluntaria, aunque el Colegio insiste en que la decisión no es final y anunció que recurrirá al Tribunal Supremo.
La decisión afecta directamente a los miles de enfermeros y enfermeras en Puerto Rico que hasta ahora debían pagar cuotas y presentar evidencia de membresía para poder ejercer legalmente su profesión. Si el Tribunal Supremo confirma el fallo, el Colegio perdería su poder de exigir afiliación como condición de práctica profesional.
La demanda fue presentada por un grupo de enfermeros y enfermeras contra el Estado Libre Asociado, el Colegio y varias agencias gubernamentales, argumentando que la Junta Examinadora de Enfermería ya posee la autoridad suficiente para licenciar, regular y disciplinar la profesión sin necesidad de la afiliación obligatoria. El Tribunal de Primera Instancia había rechazado resolver el caso de inmediato, pero el de Apelaciones concluyó que la controversia podía decidirse con los hechos ya establecidos.
Este caso ilumina el debate más amplio sobre los límites del poder del Estado para condicionar el ejercicio de una profesión a la membresía en organizaciones privadas, un hilo que toca a múltiples colegios profesionales en Puerto Rico.