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Energía e infraestructura

Primer Circuito desestima apelación de LUMA sobre exención de responsabilidad por falta de legitimación

Lo que pasó

El 13 de agosto de 2026, el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito, con sede en Boston, desestimó la apelación de LUMA Energy por falta de jurisdicción, al concluir que la empresa no calificaba como 'persona agraviada' con legitimación para apelar la orden de la jueza federal Laura Taylor Swain que permitió al DACO continuar su pleito. La controversia de fondo ya había culminado el 1 de diciembre de 2025, cuando el Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró inconstitucional por unanimidad la exención de responsabilidad que LUMA usó para rechazar más de 1,800 reclamaciones de consumidores.

Por qué importa

La desestimación cierra la vía federal que LUMA buscaba para anular potencialmente la sentencia del Supremo, dejando firme la declaración de inconstitucionalidad de la exención y abriendo paso a que los más de 1,800 consumidores con reclamaciones rechazadas puedan continuar sus procesos.

Contexto

La exención de responsabilidad fue aprobada por el Negociado de Energía el 31 de mayo de 2021, como parte del contrato de operación y mantenimiento (OMA) firmado en junio de 2020 entre LUMA, la AEE y la Autoridad para las Alianzas Público Privadas; el DACO demandó su inconstitucionalidad el 22 de julio de 2025, y el Supremo aceptó el caso mediante certificación intrajurisdiccional el 22 de agosto de 2025.

Sentiende

Este caso ilustra las tensiones entre el marco federal de quiebra bajo Título III y la autoridad regulatoria y de protección al consumidor de las agencias estatales en Puerto Rico.

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