Leyes aprobadas en Puerto Rico crean andamiaje jurídico que restringe autonomía reproductiva
Una jurista o académica expuso ante un foro que entre 2025 y 2026 la Asamblea Legislativa aprobó varias leyes —incluyendo la Ley 122-2025, la Ley 183-2025 (nasciturus), la Ley 166-2025 (Keishla Madlane) y la Ley 18-2026— que reconocen personalidad jurídica al no nacido y clasifican su muerte como asesinato, sin derogar formalmente el derecho al aborto. La ponente argumentó que estas leyes, impulsadas principalmente por el Partido Nuevo Progresista en el cuatrienio actual, forman un andamiaje legal que suspende derechos constitucionales de las mujeres durante el embarazo.
Las leyes modifican el Código Civil y el Código Penal para incluir al concebido como «ser humano» a efectos de asesinato, lo que según la ponente expone a mujeres a riesgo de procesamiento criminal y limita su acceso a servicios de salud reproductiva; el impacto recae sobre todas las personas con capacidad de gestar en Puerto Rico.
En el cuatrienio anterior, más de una decena de proyectos para limitar el aborto —muchos presentados por legisladoras del Proyecto Dignidad— no fueron aprobados ante la resistencia de grupos de derechos humanos; en el cuatrienio actual, la estrategia legislativa pasó al Partido Nuevo Progresista, que logró aprobar las leyes mencionadas.
Esta nota ilumina el hilo de cómo Puerto Rico, sin legislar una prohibición directa del aborto, construye pieza a pieza un marco legal que redefine la ciudadanía reproductiva de las mujeres en la isla.