Firma legal demanda a la OPM por guía de salas de lactancia aprobada sin reglamentación
La firma ECIJA SBGB presentó una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan contra la Oficina de la Procuradora de las Mujeres (OPM), el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) y el Estado Libre Asociado para impugnar la Guía para la Habilitación y el Funcionamiento de Salas de Lactancia, aprobada por la OPM el 13 de julio de 2026. La firma alega que la agencia adoptó el documento sin seguir el proceso de reglamentación exigido por la Ley 38-2017 y que añadió obligaciones que no contempla el Código de Lactancia de Puerto Rico (Ley 87-2025).
La guía impugnada impone requisitos adicionales a empleadores —como coordinador de sala, protocolo escrito, fuente alterna de energía y refrigerador con congelador— y establece multas administrativas de hasta $10,000 por violación; si el tribunal la declara no vinculante, esas obligaciones y sanciones quedarían sin efecto. Además, el recurso expone que el reglamento conjunto que la OPM y el DTRH debían adoptar en 90 días venció el 30 de octubre de 2025 y aún no ha sido promulgado.
El Código de Lactancia de Puerto Rico fue aprobado como Ley 87-2025 y ordena a la OPM y al DTRH reglamentar conjuntamente los procesos de investigación e imposición de multas; ese mandato no se ha cumplido dentro del plazo legal. La disputa se enmarca en el debate más amplio sobre los límites de la autoridad administrativa de las agencias para imponer obligaciones mediante guías o circulares sin pasar por el proceso formal de reglamentación.
Esta nota ilumina el hilo de los límites del poder reglamentario de las agencias del gobierno de Puerto Rico y cómo las empresas pueden usar los tribunales para frenar normas administrativas que consideran exceden la ley.