Apelaciones confirma que senador Hernández Ortiz no podía exigir documentos de Justicia por su cuenta
El 24 de agosto de 2026, el Tribunal de Apelaciones confirmó la desestimación de la acción presentada por el senador Luis Javier Hernández Ortiz contra el Departamento de Justicia, determinando que no tenía legitimación activa bajo el Artículo 34-A del Código Político para solicitar judicialmente documentos sobre casos archivados en DIPAC. La facultad de acudir al tribunal correspondía al presidente o vicepresidente del Senado, no al senador que originó la petición.
La decisión no resuelve el fondo de la controversia —si los expedientes son confidenciales o si el Senado tiene derecho a obtenerlos— sino únicamente quién puede ejercer la acción judicial, dejando abierto el conflicto entre el Poder Legislativo y la secretaria de Justicia Lourdes Lynette Gómez Torres. Hernández Ortiz adelantó que evalúa llevar el caso ante el Tribunal Supremo.
La disputa surgió tras la aprobación de la Orden Administrativa 2025-09, que estableció normas para archivar casos bajo investigación en DIPAC sin determinación por dos años o más; el Senado aprobó unánimemente dos veces requerir la información, y Justicia se negó alegando confidencialidad del proceso investigativo interno.
El caso ilumina la tensión constitucional entre las facultades de fiscalización del Poder Legislativo y la potestad del Ejecutivo de proteger información investigativa, un hilo recurrente en la relación entre las ramas del gobierno en Puerto Rico.