Firma legal demanda a la OPM por guía de salas de lactancia aprobada sin reglamentación
La firma ECIJA SBGB presentó una demanda ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan contra la Oficina de la Procuradora de las Mujeres, el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos y el Estado Libre Asociado, para impugnar la Guía para la Habilitación y el Funcionamiento de Salas de Lactancia aprobada por la OPM el 13 de julio de 2026. La firma alega que la guía fue adoptada sin cumplir el proceso de reglamentación de la Ley 38-2017 y que impone obligaciones que exceden lo dispuesto en el Código de Lactancia, Ley 87-2025.
La guía cuestionada establece multas administrativas de hasta $10,000 por violación e incluye conductas clasificadas como delito menos grave, sanciones que la firma sostiene la OPM no puede imponer mediante un documento sin fuerza de ley. Además, el reglamento conjunto que el Código ordenó a la OPM y al DTRH aprobar en 90 días —con plazo vencido el 30 de octubre de 2025— aún no ha sido adoptado.
El Código de Lactancia de Puerto Rico, Ley 87-2025, establece requisitos básicos para las salas de lactancia en centros de trabajo y espacios públicos, como privacidad, cerradura, agua, tomas eléctricas y refrigeración. La OPM amplió esos requisitos mediante la guía impugnada, añadiendo elementos como coordinador designado, protocolo escrito, fuente alterna de energía y refrigerador de dos niveles, sin pasar por el proceso de vistas públicas ni período de comentarios.
El caso ilumina la tensión recurrente entre agencias reguladoras que emiten guías administrativas de facto y los límites que la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme impone al proceso de reglamentación en Puerto Rico.