Tribunal Supremo confirma que WKAQ violó contrato y difamó a Luis Dávila Colón
El Tribunal Supremo convirtió en final y firme —mediante un 'no ha lugar' dictado el 10 de abril de 2026— la determinación de que WKAQ Radio incumplió el contrato del analista Luis Rafael Dávila Colón y lo difamó con un comunicado que atribuyó la cancelación de su programa a un 'insulto ofensivo y despreciable', tras el uso de la palabra 'nigga' al aire en junio de 2020. La decisión obliga a pagar a Dávila Colón $187,500 por el remanente de su contrato, y deja pendiente la cuantificación de daños por difamación.
El fallo establece que una emisora no puede cancelar un contrato ni emitir un comunicado que distorsione las circunstancias del despido sin incurrir en responsabilidad civil por difamación, sentando precedente sobre los límites de las declaraciones públicas patronales en la industria de medios.
WKAQ canceló el programa 'El Azote' en junio de 2020 luego de que Dávila Colón usara la palabra 'nigga' al comentar sobre el debate en torno al titiritero Antulio Kobbo Santarrosa y la entonces candidata Ana Irma Rivera Lassén; la emisora pasó del control de Univision Communications Inc. al de WAPA Media en septiembre de 2023, siendo UCI quien litigó el caso hasta el Supremo.
Esta nota ilumina el hilo de la responsabilidad de los medios de comunicación ante sus contratados y el alcance de la difamación en declaraciones públicas patronales en Puerto Rico.