Tribunal ordena al Consejo de Estudiantes del RUM cesar bloqueos en el campus
El Tribunal de Primera Instancia emitió el 6 de mayo de 2026 una orden de entredicho provisional que obliga al Consejo de Estudiantes del Recinto Universitario de Mayagüez y a varios miembros de la comunidad universitaria a cesar de inmediato el bloqueo de accesos al campus. La orden responde a una demanda presentada por la UPR, representada por su presidenta Zayira Jordán Conde y el rector del RUM, Miguel Muñoz Muñoz.
El juez Tomás E. Báez Collado determinó que los bloqueos afectan el derecho a la educación de los estudiantes y el derecho al trabajo de los empleados, causando daños inmediatos e irreparables a las operaciones académicas y administrativas. Los demandados deben retirar objetos y vehículos que obstaculicen los accesos, bajo prohibición de limitar el libre acceso a las instalaciones.
El tribunal citó jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico que establece que ningún grupo estudiantil puede interrumpir el ofrecimiento académico, reconociendo a la vez que el derecho a la protesta y la libre expresión están protegidos, pero tienen límites cuando impiden el acceso de otros a servicios esenciales.
Esta orden ilumina la tensión permanente en Puerto Rico entre el derecho a la protesta estudiantil y la continuidad de las operaciones en la UPR, institución pública central para la movilidad educativa del país.