Senado aprueba prohibición de voceteo nocturno con exenciones para política e iglesias
El lunes 25 de agosto de 2026, el Senado aprobó el Proyecto de la Cámara 911, que prohíbe el voceteo —uso de sistemas de sonido externos en vehículos— entre las 10:01 pm y las 6:59 am, y de forma continua dentro de 100 metros de escuelas y hospitales, con multas de $1,500 por infracción. La medida exime expresamente las actividades electorales, políticas y religiosas.
La ley afecta directamente la calidad de vida en zonas residenciales, escolares y hospitalarias de toda la isla, pero la doble exención —para propaganda política y para iglesias— genera una distinción legal que excluye dos de las fuentes más frecuentes de ese tipo de ruido.
El proyecto había sido aprobado previamente en la Cámara, pero las enmiendas introducidas en el Senado obligan al cuerpo de origen a concurrir antes de que la medida pueda pasar a la firma de la gobernadora; cinco senadores —entre ellos Thomas Rivera Schatz y Joanne Rodríguez Veve— votaron en contra.
Esta nota ilumina cómo el proceso legislativo bicameral en Puerto Rico puede alterar el alcance de una ley de orden público y qué intereses quedan protegidos por sus exenciones.